viernes, 18 de enero de 2013

RENTA, GASTOS Y MEJORAS

Esta semana en el módulo de elementos del derecho aprendimos renta, gastos y mejoras:


La renta será la que libremente estipulen las partes y se fijará en dinero.
El pago de la renta se efectuará conforme a lo pactado o según la costumbre del lugar, en defecto se abonará al final de cada año en el domicilio del arrendatario.
El arrendador tendrá que realizar las obras y reparaciones necesarias para la conservación de la finca en el uso al que se haya destinado. El arrendador también debe realizar las obras que se exijan por disposición legal, o acuerdo firme de comunidad de regantes, en estos casos, cuando se produzca una transformación que aumente el valor productivo de la finca se podrá subir la renta en proporción a dicho aumento y si el arrendatario no esta de acuerdo con la nueva renta, puede resolver el contrato.
El arrendatario esta obligado a realizar reparaciones mejoras e inversiones que sean propias de un empresario en el ejercicio normal de su actividad. 

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