sábado, 26 de enero de 2013

TRASLADO INDIVIDUAL


En el módulo de formación y orientación laboral estuvimos hablando de los traslados individuales, 


TRASLADO INDIVIDUAL: debe ser notificado con una antelación mínima de 30 días. Ante este caso el trabajador puede optar entre:
-          Aceptar el traslado: la empresa deberá pagar los gastos ocasionados por el traslado del trabajador y de sus familiares.
-          Extinguir el contrato: tendrá derecho a recibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, hasta un máximo de doce mensualidades.
-          Acudir al juzgado de lo social: (el trabajador debe trasladarse), si el traslado es declarado injustificado el trabajador será reincorporado al centro de trabajo de origen, en caso de que el empresario se niegue a su reincorporación se le indemnizará como si se tratara de un despido improcedente. 

miércoles, 23 de enero de 2013

COMO TRATAR LOS DOCUMENTOS:

En el módulo de organización aprendimos a saber como tratar los documentos:


Si no se quiere tener documentos traspapelados o perdidos, se ha de seguir el siguiente procedimiento:
-          Si la empresa tiene una normativa o un protocolo de procedimiento para archivar y tratar la documentación, se cumplirá sin más.
-          Lee el documento que llega.
-          Si el documento no tiene importancia, se deposita en la papelera
-          Apreciar y valorar si el documento es importante.
-          Una vez analizado el documento se decide que hacer con el:
o   Enviar a la papelera
o   Procesar o realizar tareas pertinentes
o   Archivar.
-          Si hay varios folios susceptibles de ser grapados, se graparán.
-          Si el documento que hay que archivar es una factura pequeña (tique de caja) se coserá previamente a una hoja din A-4.
-          Si un documento esta duplicado, se archiva solo el original

viernes, 18 de enero de 2013

RENTA, GASTOS Y MEJORAS

Esta semana en el módulo de elementos del derecho aprendimos renta, gastos y mejoras:


La renta será la que libremente estipulen las partes y se fijará en dinero.
El pago de la renta se efectuará conforme a lo pactado o según la costumbre del lugar, en defecto se abonará al final de cada año en el domicilio del arrendatario.
El arrendador tendrá que realizar las obras y reparaciones necesarias para la conservación de la finca en el uso al que se haya destinado. El arrendador también debe realizar las obras que se exijan por disposición legal, o acuerdo firme de comunidad de regantes, en estos casos, cuando se produzca una transformación que aumente el valor productivo de la finca se podrá subir la renta en proporción a dicho aumento y si el arrendatario no esta de acuerdo con la nueva renta, puede resolver el contrato.
El arrendatario esta obligado a realizar reparaciones mejoras e inversiones que sean propias de un empresario en el ejercicio normal de su actividad. 

EL MOBILIARIO DE OFICINA.

Esta semana en el módulo de organización aprendimos el mobiliario de oficina:


Desde este criterio de territorialidad personal, se pueden hacer los siguientes comentarios sobre los elementos del despacho:
1.       El archivo de tareas diarias estará en las cajoneras auxiliares, integrado con el escritorio.
2.       El archivo de uso poco frecuente se colocará retirado del escritorio.
3.       El asiento de la secretaria debe situarse  detrás del escritorio, para qué pueda ver y controlar quien entre por la puerta de acceso.
4.       La ventana deberá estar situada a la izquierda del escritorio.
5.       Sobre la pared es conveniente que esté bien visible un reloj.
6.       La espalda de la secretaria debe estar “protegida por la pared”.
7.       La papelera estará oculta en los bajos del escritorio.
8.       La pantalla del ordenador se situará en la mesa.
9.       El territorio permitido al visitante se puede delimitar poniendo una mesilla con un sofá pequeño al lado de la puerta.


sábado, 12 de enero de 2013

Desplazamiento temporal

En el módulo de Formación y Orientación laboral estuvimos hablando de los desplazamientos temporales: 


Los desplazamientos temporales consisten en el cambio temporal de centro de trabajo a una población distinta a la residencia habitual del trabajador. El límite máximo de tiempo del desplazamiento es de doce meses en un periodo de tres años.
En este periodo el trabajador tiene derecho a:
-          Conservar la misma categoría profesional y el mismo salario
-          Cobrar gastos de viajes y dietas
-          Cuatro días de estancia en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento
-          Cuando el desplazamiento sea superior a tres meses, el trabajador deberá ser informado al menos con cinco días de antelación
En el contrato de trabajo puede pactarse la movilidad entre centros de trabajo, de acuerdo con el párrafo uno del artículo 40 del ET

PLANIFICACIÓN

Esta semana en el módulo de organización aprendimos la planificación:


Según el diccionario de la real academia española se define la palabra planificar como “hacer plan o proyecto de una acción” y lógicamente, cuando se proyecta es por algo y para algo.
-          Por algo: se conocen los antecedentes y la realidad cotidiana.
-          Para algo: es decir, que deseamos conseguir. Cuál es el objetivo.
Con carácter general se puede fijar el siguiente decálogo:
1.       Fijar objetivos materiales, inmateriales y temporales ambiciosos, pero posibles.
2.       Toma de datos de la situación actual.
3.       Análisis de los datos obtenidos.
4.       Interpretación y diagnóstico de la situación actual.
5.       Elaboración de alternativas y estrategias de cambio.
6.       Financiación de las alternativas.
7.       Concreción o revisión de objetivos iniciales.
8.       Elección de alternativa o plan de actuación entre las distintas alternativas elaboradas.