Jorge bucay "la felicidad"
domingo, 28 de abril de 2013
viernes, 19 de abril de 2013
domingo, 14 de abril de 2013
articulo 13
en derecho estuvimos viendo el articulo 13:
ARTICULO 13.
ESTATUTOS: en los estatutos se hara constar, al menos:
a)
La denominación de la sociedad
b)
El objeto social, determinando las actividades
que lo integran.
c)
La fecha de cierre del ejercicio social
d)
El domicilio social
e)
El capital social, la participaciones en que se
divida, su valor nominal y su numeración correlativa
f)
El modo o modos de organizar la administración
de la sociedad, en los términos establecidos en esta ley.
ARTICULO 12
esta semana en derecho estuvimos viendo el articulo 12:
ARTICULO 12.
ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN:
1.
La escritura de constitución de la sociedad
deberá ser otorga por todos los socios fundadores, por sí o por medio de
representantes.
2.
En la escritura de constitución se expresarán:
a)
La identidad del socio o socios
b)
La voluntad de constituir una sociedad de
responsabilidad limitada
c)
Las aportaciones que cada socio realice y la
numeración de las participaciones asignada en pago.
d)
Los estatutos de la sociedad
e)
La determinación del modo concreto en que
inicialmente se organice la administración, en caso de que los estatutos
prevean diferentes alternativas.
f)
La identidad de la persona o personas que se
encarguen inicialmente de la administración y de la representación social.
3.
En la escritura se podrán incluir todos los
pactos y condiciones que los socios juzguen conveniente establecer, siempre que
no se opongan a la leyes ni contradigan los principios configuradores de la
sociedad de responsabilidad limitada.
lunes, 8 de abril de 2013
EL EMPRESARIO INDIVIDUAL.
en el módulo de derecho aprendimos:
EL
EMPRESARIO INDIVIDUAL:
Se puede
afirmar que un empresario individual es aquella persona física que contando con
la capacidad legal necesaria, ejerce de forma habitual y por cuenta propia una
actividad empresarial.
Al hablar de
capacidad para ejercer la actividad empresarial nos estamos refiriendo a las
condiciones que han de tener los que se dediquen a ella para que sus actos sean
jurídicamente validos. El código de comercio dice: tendrán capacidad para el
ejercicio habitual del comercio las personas mayores de edad, que tengan la
libre disposición de sus bienes. Esto significa que pueden ser empresarios
individuales los mayores de 18 años que no sufran restricciones jurídicas en la
utilización de dichos bienes.
Como
excepción a la anterior norma, se admite que los menores de 18 años y los
incapacitados puedan continuar el ejercicio de la actividad empresarial a la
que se hayan dedicado sus padres o aquellos de los que han recibido la
herencia, en estos casos, actuarán en su nombre las personas que el derecho
prevé para suplir la falta de capacidad. El motivo de esta situación
excepcional, prevista en el articulo 5 del código de comercio, es favorecer la
pervivencia de las empresas ante la desaparición de sus titulares.
Copiar o mover archivos o carpetas
EN EL MÓDULO DE GESTIÓN APRENDIMOS:
Copiar o mover archivos o carpetas
Con el explorador se pueden copiar o mover archivos o carpetas mediante:
arrastrar y soltar, lo que quiere decir que el archivo o carpeta se selecciona
haciendo clic sobre él y, sin soltar el botón izquierdo del ratón, se arrastra
hasta el destino elegido.
Si hacemos
esto dentro de una misma unidad, la opción por defecto es mover, lo que
significa que quitamos el archivo de la posición de origen y aparecerá en la
posición de destino.
En el caso
de distintas unidades, la opción por defecto en copiar, que se hace como se ha descrito, es decir, por el método de
hacer clic y arrastrar. Para cambiar o mover
un archivo o carpeta de una unidad a otra, será necesario mantener pulsada la
tecla mayúscula.
Otro modo de
ejecutar cualquiera de estas operaciones consiste en recurrir al menú edición cortar, copiar y pegar.
Después nos situaremos en el lugar de destino y ejecutaremos
la opción pegar del menú edición o la combinación de teclas
CTRL+V. si lo que deseamos es cortar pulsaremos
en la opción correspondiente del menú
EDICION o la combinación de teclas CTRL+X y, después de encontrar el
destino, ejecutaremos la opción pegar de
ese mismo menúo la combinación de teclas equivalente a pegar (CTRL+V).
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