ARTICULO 13.
ESTATUTOS: en los estatutos se hara constar, al menos:
a)
La denominación de la sociedad
b)
El objeto social, determinando las actividades
que lo integran.
c)
La fecha de cierre del ejercicio social
d)
El domicilio social
e)
El capital social, la participaciones en que se
divida, su valor nominal y su numeración correlativa
f)
El modo o modos de organizar la administración
de la sociedad, en los términos establecidos en esta ley.
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