CARACTERÍSTICAS
DIFEERENCALES DE LOS CONTRATOS MERCANTILES:
La dualidad
entre contratos civiles y mercantiles se debe a que las características del tráfico
comercial y empresarial requieren medios que faciliten la transacciones y a
protección de quienes intervienen en las mismas. Para proporcionar esta seguridad, la
legislación mercantil presenta, entre otras, las siguientes ventajas respecto a
la legislación civil:
-
Mayor rapidez y menos formalismos.
-
Más seguridad jurídica para el cobro de deudas y
reclamación de incumplimientos contractuales.
-
Mayor protección de los consumidores y usuarios
frente al poder de las grandes empresas.
LA
COMPRAVENTA MERCANTIL:
El articulo
del código civil establece que la compraventa civil es un contrato mediante el
cual uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el
otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente.
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